La Dignidad del Abogado

La dignidad es y debe ser una cualidad del ser humano por el simple hecho de serlo, y no una cualidad específica del Abogado. Todo ser humano es digno, salvo excepciones, como en casi todas las cosas. ¿Qué queremos decir entonces cuando hablamos de dignificar la profesión, o que el Abogado debe ser digno?

Si acudimos al Diccionario de la Real Academia Española y buscamos la palabra dignidad, de las distintas acepciones que encontramos, solamente una puede utilizarse si queremos referirnos a la dignidad del Abogado.

Y esa es la que aparece como acepción tercera y dice que la dignidad es «gravedad y decoro de las personas a la hora de comportarse». Pues bien si la llevábamos a nuestro ejercicio diario, no cabe duda de que el decoro del Abogado a la hora de comportarse no puede ser otra cosa que el respeto y cumplimiento escrupuloso de la Deontología profesional. 

La Ley Orgánica del Poder Judicial, en su artículo 542.2 establece que «…los Abogados gozarán de los derechos inherentes a la dignidad de su función».

El Código Deontológico y el Estatuto General de la Abogacía constantemente hacen referencias a la dignidad como límite a determinadas actuaciones, y hacen continuas llamadas al respeto y la defensa de la dignidad de la profesión, ya sea en su articulado o a la hora de tipificar las infracciones y establecer las sanciones. Por tanto es claro que la dignidad de la profesión debe salvaguardarse mediante el cumplimiento escrupuloso de las normas deontológicas. Si hay cumplimiento de la norma, no hay sanción ni actuación contraria a la dignidad de la profesión.

Aunque algunos piensen que la Deontología es algo rancio y  que pertenece al pasado (personalmente no lo creo),  es evidente que aquél Abogado que cumple con las normas que regulan el como debe ser su profesión sin duda alguna la está dignificando.

El que cumple con las normas de respeto al compañero, al cliente, y a los Tribunales en los que actúa, sin duda alguna esta contribuyendo a recuperar el prestigio perdido de la profesión.

Por tanto, un Abogado es digno cuando cumple con su Código Deontológico, y la profesión de Abogado será más digna cuando todos los que la ejercemos seamos escrupulosos en ese cumplimiento. 

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