En la actualidad existen 83 Colegios de Abogados en España que se dividen en uniprovinciales, aquellos cuyo ámbito de competencia corresponde a toda la provincia en cuya capital tienen su sede, provinciales, aquellos que teniendo su sede en la capital no extienden su ámbito a toda la provincia (Córdoba, Málaga, Murcia, etc), y de partido (Lucena, Antequera, Cartagena, etc).
Los Colegios están presididos por un Decano que es elegido por todos los colegiados, ejercientes y no ejercientes, y su gobierno corresponde a una Junta de Gobierno. Se rigen por sus Estatutos particulares y puede que establezcan delegaciones territoriales. .
Los Colegios están representados y coordinados por el CGAE, y de acuerdo con el artículo 9 de la LCP tiene la condición a todos los efectos de Corporación de Derecho Público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad.
El CGAE está compuesto por un Presidente. EL Pleno está compuesto por los 83 Decanos de los Colegios, el Presidente de la Mutualidad, los Presidentes no Decanos de los Consejos de Colegios de Abogados de las CCAA, y 12 Consejeros elegidos entre Abogados de reconocido prestigio.
El Presidente de la CEAJ podrá asistir a las reuniones del Pleno como Consejero con voz pero sin voto.