Rotundamente NO.
Establece el artículo 20.2 del Código Deontológico, a la hora de regular el tratamiento de los fondos recibidos para el cliente, que salvo disposición legal, mandato judicial o consentimiento expreso del cliente o del tercero por cuenta de quien se haga, queda prohibido cualquier pago efectuado con dichos fondos, comprendiendo esta prohibición la detracción de los propios honorarios del Abogado, excepto si como decimos consta la autorización en la hoja de encargo o en escrito posterior del cliente. Y ello sin perjuicio de las medidas cautelares que puedan solicitarse y obtenerse de los Tribunales.
Dichos fondos además deben permanecer en cuentas distintas y que no puedan ser confundidas con otras particulares del Abogado.
Es muy frecuente el caso en que el Abogado consigue una indemnización a favor de un cliente y, una vez recibida del contrario o del procurador, detrae sus honorarios de dicha cantidad o los compensa. Hay que ser extremadamente cuidadosos pues podríamos estar hablando de una apropiación indebida, salvo que, como hemos dicho anteriormente, conste autorización expresa del cliente, cuya existencia tendrá que probar siempre el Abogado.
Por tanto, y a modo de conclusión y como consejo, es recomendable que todo lo relacionado con entregas de dinero o cobros realizados en nombre de un cliente, conste por escrito en la hora de encargo, no bastando el poder general para pleitos, de manera que nadie pueda acusarnos de hacer un mal uso de los fondos recibidos para nuestros clientes abusando de nuestra posición privilegiada de Abogado.
Es raro encontrar a blogers con conocimientos sobre este asunto , pero creo que sabes de lo que estás escribiendo. Gracias compartir un articulo como este.
Muchas gracias. Son mis experiencias en las comisiones de Deontología del Ilustre Colegio de Abogados al que pertenezco, y del Consejo General de la Abogacía, a las que tuve el honor de asistir en el caso del Consejo, y a la que tengo el honor de pertenecer en el caso de mi Colegio.
Precisamente eso hizo mi abogado. Me indenizaron con 80 mil euros, y el abogado se quedó con 30 mil euros. Segun él honorarios mas iva. En aquel momento, estaba pasando una depresion po la muerte de mi hijo y lo acepté a día de hoy, me siento estafada. Cómo puedo reclamar que haga el pago de dicho importe, y como puedo hacerlo sin tener aue contratar a otro abogado
Buenos días y gracias por leer el blog. Me temo que será necesario consultar un abogado para estudiar las posibles acciones tendentes a recuperar ese dinero. En cualquier caso, si como dice usted lo aceptó me temo que poco se puede hacer. Por eso es conveniente consultar un abogado. Un saludo y a su disposición.